Por si la implantación, cuando menos precipitada, de los tribunales de instancia estuviera generando poca inquietud entre los trabajadores, se suma en estos días previos a la apertura del periodo ordinario para la solicitud de vacaciones estivales (el 1 de mayo, según la circular SG 1/2016) la incertidumbre generalizada respecto a su disfrute, en especial en aquellos partidos en los que la puesta en marcha del nuevo modelo está prevista para el 1 de julio.
Así, y habiéndose producido ya casos de denegaciones a nuestro juicio absolutamente arbitrarias, hemos dirigido escrito al Departament para que aclare el periodo real durante el que se limitará el disfrute de vacaciones y permisos y para recordarle que la jurisprudencia en este sentido es clara: el condicionamiento de este derecho a las necesidades del servicio no puede convertirse en un pozo sin fondo.
CONSULTA EL ESCRITO PRESENTADO → AQUÍ