A continuación os incluimos la comunicación de la Secretaría para la Administración de Justicia en relación al criterio de aplicación del permiso de deber inexcusable al personal de los cuerpos en el Servicio de la Administración de Justicia en Cataluña como consecuencia de restricciones o limitaciones a la movilidad de las personas derivadas de Planes Especiales de Emergencias.

Esta comunicación es de aplicación, según consta en la misma, desde el 24 de febrero de 2025, dejando sin aclarar lo ocurrido en la provincia de Tarragona en fechas 4 y 13 de noviembre pasado, a pesar de las reiteradas peticiones efectuadas por nuestro sindicato.

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