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Publicado en el BOE el Acuerdo de 21 de diciembre de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se atribuye a determinados juzgados, con competencia territorial indicada para cada uno de los casos, de manera exclusiva y excluyente o no excluyente, según los casos, el conocimiento de la materia relativa a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.

En el mismo es más importante no ya los que incluyen sino aquellos que ya son excluidos. También es importante ver el período por el que se les prorroga, unos 6 meses, otros todo el año 2022.

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