Publicado en el BOE el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
Entre los objetivos determinados en el mismo se indica que tiene como finalidad "Establecer las peculiaridades del procedimiento del despido en el sector público y específicamente en el ámbito de las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional vigésima del Estatuto de los Trabajadores". Blanco y en botella.
Recomendamos leer los artículo 34 a 48.
Con esta reforma ya no habrá sentencias de la jurisdicción laboral que impedían alegar motivos económicos para el despido de empleados públicos, se abre la veda.