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Os incluimos a continuación la nueva instrucción de vacaciones para el personal dependiente de la Generalitat de Cataluña.

Antes de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de junio de 2012 si estábamos de vacaciones y pasábamos a estar de baja, las vacaciones se perdían.

Ahora se reconoce el derecho a suspender las vacaciones y retomarlas una vez acabe el período de ILT, por ello es necesario saber los trámites y cumplirlos (páginas 3 y 4 de la resolución).

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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