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20-07-2025 10:47

Desde el sindicato Justicia y Progreso queremos manifestar nuestra absoluta indignación y rechazo ante los hechos gravísimos ocurridos en el proceso de convocatoria y resolución del concurso de traslados de los cuerpos generales de la Administración de Justicia, cuya gestión está cruzando todos los límites de la irresponsabilidad. Por ello, nos hemos dirigido por escrito al secretario de Estado,...

Entre los efectos registrados por el apagón de este lunes, 28 de abril, el Ministerio de Justicia acaba de informar de que no funcionan correctamente Inforeg y Dicireg. Asimismo, en estos momentos los técnicos están trabajando para restablecer el correcto funcionamiento de las siguientes aplicaciones informáticas empleadas en la administración de Justicia: Sede electrónica del MJU Centro de...

reformas_legales

En el Consejo de Ministros de hoy se ha aprobado la reforma de nuestra LOPJ que según la propia reseña indica que:

  • Adapta las estructuras de la Justicia al siglo XXI.
  • Se reducen los tiempos de resolución con tres medidas principales: la puesta en marcha de los Tribunales Provinciales de Instancia, fortalecimiento de la especialización judicial, y reducción de la litigiosidad mediante la seguridad jurídica que proporcionará la jurisprudencia vinculante del Tribunal Supremo.
  • Se restringe el aforamiento autonómico a aquellos expresamente previstos en los estatutos de autonomía e incluye a S.M. la Reina y a SS.AA.RR. los Príncipes de Asturias.
  • Desaparecen las categorías judiciales pero se mantiene la nominación de magistrado de forma honorífica.
  • Se establece un sistema de consulta prejudicial que abre una vía de diálogo entre los jueces y el Alto Tribunal.
  • El mes de agosto será hábil para las actuaciones cuya demora pueda causar perjuicios irreparables.
  • Se potencia la función de los secretarios judiciales, que pasarán a denominarse letrados de la Administración de Justicia, como directores de la Oficina Judicial.

REFORMA_JUSTICIA

Conociendo los antecedentes de las reformas de Gallardón, nos tenemos que sea una nueva vuelta de tuerca en la limitación del acceso a la Justicia que se concretó con las tasas judiciales, y un mayor alejamiento del ciudadano.

Se nos presenta un negro futuro a los que trabajamos para intentar colaborar en un servicio público como es la Administración de Justicia.

ACCEDE A LA RESEÑA DEL CONSEJO DE MINISTROS.

ACCEDE AL PROYECTO DE REFORMA.

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CGPJ

El pleno del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado por unanimidad el informe al Anteproyecto de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, sin modificaciones sobre la propuesta redactada por los ponentes Wenceslao Olea y Victoria Cinto.

El texto que se remitirá al Gobierno contará con dos votos particulares concurrentes –es decir, que están de acuerdo con el informe pero solicitan una modificación o añadido-, uno del vocal Enrique Lucas, al que se adherirá la vocal Mercé Pigem; y otro de la vocal Concepción Sáez.

El informe considera que los términos de justificación de la intervención de los poderes públicos son excesivamente amplios y recomienda adecuarlos a los límites constitucionales del concepto de seguridad ciudadana.

También cree excesivamente amplio el deber de denuncia establecido en el Anteproyecto y estima más adecuado circunscribirlo a hechos que supongan una perturbación cierta de la seguridad ciudadana o de los que pueda concluirse racionalmente que la producirán, sin que baste la mera sospecha o la posibilidad.

PUNTOS QUE CUESTIONARÍA EL INFORME (gracias a lexnews.es)

 

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ilt

Ayer se publicó el Decreto 32/2014, de 11 de marzo, sobre el procedimiento de reconocimiento, control y seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, en el régimen especial de la Seguridad Social, del personal funcionario de la Administración de justicia en Cataluña.

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servicios_minimos

A ver si algunos toman nota sobre la proporcionalidad en el establecimiento de los servicios mínimos para que pueda ejercerse el derecho de huelga, porque a pesar de lo que algunos piensan LOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA TENEMOS DERECHO A HUELGA.

CGPJ

La Sala delo Contencioso del TSJ de Asturias ha estimado el recurso del Sindicato Médico Profesional de Asturias (SIMPA) contra la Consejería de Sanidad del Principado donde pide que se anule  la resolución sobre el establecimiento de los servicios mínimos fijados la huelga de médicos de octubre de 2012.

El sindicato denunció que la resolución - del 4 de octubre de 2012-  vulneraba el derecho de huelga establecido en el artículo 28.2 de la Constitución, alegando una “falta de motivación que pueda justificar el establecimiento de una plantilla que venga a cubrir los servicios mínimos que se establecen equiparándolo al 100% de los servicios de urgencia hospitalaria”.

La Sala señala que después de reconocer el carácter de servicio esencial para el ciudadano de la asistencia médica urgente es necesario equilibrar la prestación de estos servicios con el derecho a la huelga “sin que esto pueda suponer la supresión del derecho a la huelga del trabajador que tuviera que prestar el servicio”.

Por ello, afirma el tribunal que “la existencia de un servicio mínimo esencial no debe ser obstáculo para el derecho fundamental de huelga” y la “falta de la adecuada proporcionalidad entre los servicios mínimos acordados por la Administración Sanitaria del Principado y el ejercicio del derecho a huelga al mantener el 100% de los servicios de urgencia”.

Sentencia sobre la huelga

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reformas_legales

Hemos tenido conocimiento del Anteproyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial (ACCEDE AL ANTEPROYECTO).

Según se desprende del contenido hay tres cuestiones que aborda.

Una que no nos afecta directamente:

  • Modifica las cuantías que deben percibir los Jueces por sustitución.

Dos que nos afectan directamente:

  • Elimina la obligación de constituir Tribunales Delegados en las oposiciones, cediendo esta competencia a los órganos administrativos de las CCAA. Veremos cual es su efecto.
  • Traspasa la competencia para decretar nuestra jubilación a las CCAA.

Sobre esta última medida, si lo que se pretende transferir es la burocracia, en principio no tendría que haber ningún problema ya que deberían cumplir las normas que a nivel estatal se han dictado, ahora bien si lo que se transfiere también es la posibilidad de conceder o no la prórroga de la edad de jubilación, creemos que sería una medida de dudosa legalidad y que podría perjudicar mucho nuestros intereses y entonces tendría el rechazo de Justicia y Progreso ya que entendemos que esta decisión corresponde en exclusiva al Estado dada nuestra condición de cuerpos nacionales.

 

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A continuación os incluimos el anteproyecto de Anteproyecto de Ley de servicios y colegios profesionales. (gentileza de Veronica del Carpio)

ley_servicios_profesionales

En la exposición de motivos y en el desarrollo del Anteproyecto vemos como se intenta "unificar" la profesión de abogado y procurador, algo que podría reducir los costos que para los ciudadanos tiene acudir a la Justicia al tener que pagar a dos profesionales.

Así en la Exposición, se indica que: En relación con el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para establecer expresamente la compatibilidad del ejercicio simultáneo por la misma persona de ambas profesiones excepto para aquellas funciones para las que el procurador ostente la condición de agente de la autoridad (y así "privatizar" las funciones que actualmente efectúan los compañeros de auxilio)

Creemos que dicha medida es adecuada a la realidad actual ya que con los actuales sistemas informáticos la interconexión abogado-Juzgados debería tener más fluidez y así poder ahorrar intermediarios. Si a esto le añadimos la regulación europea que así lo establece, pensamos que es una medida que puede favorecer a los ciudadanos.

El problema es que el Ministerio para compensar este "perjuicio" que se ocasionaría a los Procuradores, se da un paso más en el desmantelamiento de la Administración de Justicia y se le otorgar la condición de agente de la autoridad, suplantando al Auxilio judicial en los actos de comunicación, lo que pensamos llevará en el tiempo a la reducción importante de personal de este cuerpo.

Posteriormente, a través de la Disposición final cuarta mediante Modificación del apartado 3 del artículo 23 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil establece una incompatibilidad, dejando la competencia en exclusiva a la figura del Procurador:

En relación con el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para establecer expresamente la compatibilidad del ejercicio simultáneo por la misma persona de ambas profesiones excepto para aquellas funciones para las que el procurador ostente la condición de agente de la autoridad

 

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clases_pasivas_recorte

En el BOE de hoy se ha publicado la actualización miserable del 0,25% para las pensiones de los compañeros que las perciben de clases pasivas, la misma actualización que al resto de trabajadores.

Lo que olvida es que nosotros cuando nos jubilamos seguimos pagando el 30% de las medicinas, siendo necesario en muchos casos una actualización real de las pensiones para no tener problemas y poder abonar los medicamentos que nos vemos obligados a tomar.

Otro recorte más que nos aplican nuestros "queridos gobernantes" mientras ellos perciben sus buenos sueldos, dietas e indemnizaciones.

ACCEDE A LA ACTUALIZACIÓN.

La misma actualización se ha realizado respecto de las pensiones que se perciben de la seguridad social.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN DE LA S.S.

Pero si lo anterior no fuera suficiente sangrante, a continuación, en el mismo BOE, se publica la Resolución de 18 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se procede a la actualización de la cuantía máxima correspondiente a los medicamentos. Como habréis supuesto, esta actualización sí que se hace en base al IPC

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN.

 

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boe

Publicadas en el BOE dos nuevas leyes de recortes de nuestros derechos, en la primera se confirma por enésimo año la congelación de nuestras retribuciones y en la segunda se confirma la pérdida real en las pensiones de nuestros jubilados, pasando de un sistema de revalorización de pensiones según el IPC a un artificio creado para que la pensiones cada vez se vean más reducidas.

Como vemos el gobierno del partido popular liderado por el Sr. Rajoy Brey, sigue con "sus medidas de gracia".

  • Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

ACCEDE A LA LPGE

  • Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.

ACCEDE A LA LEY DE PENSIONES

 

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MINISTERIO_DE_JUSTICIAmadrid

Publicado en el BOE el Real Decreto 1012/2013, de 20 de diciembre, de ampliación de los medios personales y económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid por el Real Decreto 1429/2002, de 27 de diciembre, en materia de provisión de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia.

ACCEDE AL REAL DECRETO

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euskadi

Publicada en el BOE la Orden JUS/2277/2013, de 27 de noviembre, por la que se aprueban con carácter definitivo las relaciones de puestos de trabajo de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial en la ciudad de Vitoria-Gasteiz.

Si queréis saber la diferencia retributiva de los compañeros del Pais Vasco con el resto de territorios, mirad el apartado "complemento específico" y lo comparáis con lo que cobráis en vuestra nómina de forma anual. Diferencia sustancial. A titulo de ejemplo comparándolo con un Gestor de Cataluña, cobran más de 3.000€ anuales.

ACCEDE A LA ORDEN

NOVEDAD: Publicada rectificación en el BOE.

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boe

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Publicada en el BOE la Orden JUS/2094/2013, de 12 de noviembre, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de Secretarios Judiciales en Girona, Olot y Vitoria-Gasteiz y por la que se modifica la Orden JUS/1533/2012, de 4 de julio, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la Orden JUS/1072/2011, de 20 de abril, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de Secretarios Judiciales de determinados partidos judiciales del País Vasco.

ACCEDE A LA ORDEN

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CALENDARIO

Salvo que el Gobierno del PP lo impida, el próximo año volveremos a disfrutar de 14 festivos.

A continuación os incluimos las publicaciones que hasta la fecha hemos localizado de las diferentes CCAA.

GALICIA.

CATALUÑA

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junta_andalucia_b

El pasado 8 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 30 julio de 2013, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba el Manual de Gestión de Normas, Procedimientos y Criterios en materia de Vacaciones, Permisos y Licencias del Personal al Servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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aragon

Publicada en el Boletín Oficial de Aragón la INSTRUCCIÓN de 12 de julio de 2013, de la Dirección General de Administración de Justicia, por la que se establecen los supuestos en los que se completará hasta el 100% las retribuciones durante el periodo de incapacidad temporal.

La fecha de entrada en vigor es el próximo día 1 de agosto.

ACCEDE A LA REGULACIÓN.

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cantabria_general

El pasado día 26 de julio se publicó la Orden PRE/24/2013, de 17 de julio, por la que se regula la provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicio en el ámbito de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

ACCEDE A LA ORDEN

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REVISION_MEDICA

Publicada fuera del plazo establecido por la LOPJ la Resolución de 25 de junio de 2013, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal, para el personal al servicio de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia. (por tanto NO afecta al personal destinado en CC.AA. con competencias de gestión)

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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boe

Publicada en el BOE la Resolución de 25 de junio de 2013, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Ahora ya se ha aprobado para Jueces, Fiscales y Secretarios, los destinados en el ámbito competencia del Ministerio, aún nada, quizás mañana.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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