Dado que los días 24 y 31 de diciembre de 2023 coinciden en domingo, se compensarán con dos días de permiso.

Estos días de fiesta adicionales se tendrán que disfrutar hasta el 15 de enero de 2024, o excepcionalmente hasta el 31 de enero de 2024, si por necesidades del servicio no se pueden disfrutar con anterioridad.

Asimismo, las personas que realicen la guardia el 24 y/o el 31 de diciembre de 2023 dispondrán de uno o dos días de fiesta adicionales.

Tramitación de los permisos

► Para pedir la compensación del 24 y el 31: a través del portal ATRI > Control horario > Incidencia > Festivo a cuenta 24 y 31 de diciembre. Para la validación del permiso es necesario adjuntar el modelo M4, firmado por el LAJ/fiscal o responsable de la oficina judicial, validando la ausencia.​

► Para pedir la compensación de la guardia del 24 y/o el 31 deberá hacerse a través del portal ATRI > Control horario > Incidencia > Ausencia por guardia 24 y/o 31 de diciembre.

El horario de las guardias de los días 24 y 31 de diciembre de este año, dado que tienen la consideración de festivo, es de 10 a 14 h (a excepción del partido judicial de Barcelona).

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