Os incluimos a continuación la nota informativa que ha difundido la MUGEJU.

Datos obligatorios que el mutualista debe asegurarse que el médico debe cumplimentar para que la receta sea válida y pueda dispensarse en las farmacias y/o visarse en la MUGEJU, según lo regulado en el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.

ACCEDE A LA NOTA INFORMATIVA

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Este sitio web utiliza cookies y puede saber más sobre que son haciendo click en MÁS INFORMACIÓN.

  Aceptar las cookies del sitio.
Más Información