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Hoy se ha publicado una noticia en la que reconoce el derecho a un grupo de empleados públicos (no creemos que sean funcionarios) a que se abone una parte de la paga extra, la que se generó desde el 1 de junio al 15 de julio fecha de publicación de los recortes en el BOE.
Si dicha sentencia se puede extender al colectivo de funcionarios, ¿no deberíamos tener en Justicia derecho a que se nos devuelva el total de la extra ya que el recorte se publicó de manera efectiva mediante reforma de la LOPJ en fecha 28 de diciembre?.
La justicia reconoce a los funcionarios una mínima parte de la extra de Navidad
La demanda fue interpuesta contra la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, con unos 649 empleados, y reclamaba la primacía del convenio colectivo colectivo frente a la ley. La sentencia desestima la petición principal y tampoco admite la subsidiaria de que se abone una catorceava parte de la retribución anual pero sí reconoce el derecho a cobrar la parte de la paga extra devengada por trabajar del 1 al 14 de julio pasado, cuando entró en vigor el real decreto ley.
La sentencia (que es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación) condena a la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, a pagar la parte correspondiente a esos días, lo que costará al organismo unos 78.000 euros, a unos 120 euros de media por trabajador. Si los tres millones de empleados públicos reclamasen su parte, con la misma media, el erario público tendría que desembolsar 360 millones. Con la suspensión de la paga, que el País Vasco intentó sortear hasta que intervino el Tribunal Constitucional, el Estado preveía ahorrar unos 4.000 millones.