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19-03-2024 11:50

Algo tan simple (y tan necesario) como acceder al control horario se convierte en toda una odisea para los trabajadores del Registro Civil de Barcelona. Por ello, hemos remitido un escrito al Departament de Justícia solicitando una solución para estos funcionarios, que pasaría por algo tan simple como habilitar el acceso desde sus ordenadores personales. ACCEDE AL ESCRITO

En un momento en el que el conflicto en Justicia no solo suma meses abierto, sino que parece más próximo a su reactivación que a cualquier tipo de acuerdo satisfactorio para los trabajadores, y al que se suma ahora la aprobación -sorpresiva, unilateral y defendiendo su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia- del anteproyecto de reforma organizativa que tendrá un impacto...

Desde hoy día 1 de enero, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria novena del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, entra en vigor el permiso de dieciséis semanas para el progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija, siendo personal e intransferible.

Deberéis tener en cuenta que las seis primeras semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.

Las diez semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido; ya sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas posteriores al periodo de descanso obligatorio para la madre, o bien con posterioridad a la finalización de los permisos contenidos en los apartados a) y b) del artículo 49.

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La Xunta de Galicia ha dictado una Resolución por la que ha acordado ampliar el periodo de disfrute de las vacaciones y del permiso por asuntos particulares correspondientes al año 2020 del personal al servicio de la Administración de justicia en Galicia.

- Días de vacaciones 2020: hasta el 31 de marzo de 2021

- Días de permiso de asuntos particulares 2020: hasta el 30 de marzo de 2021 en algunos casos

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El Ministerio ha recapacitado y ha rectificado su decisión inicial de no reconocer a parte del personal interino los días extra de 2017 y 2018 que la reforma de la LOPJ les reconoció.

Después de muchas reclamaciones y las amenazas de llevarlos a los Tribunales, se ha optado por reconocer los días que correspondan según el período trabajado en esos años. 

A continuación os incluimos la nueva comunicación así como la interpretación inicial

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Publicada en la web del Ministerio de Hacienda y Función Pública la Resolución de 20 de febrero de 2018 de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece el régimen de disfrute de un día de permiso adicional por la coincidencia en sábado de un festivo nacional no recuperable y no sustituible en 2018 correspondiente al día 8 de diciembre.

Conviene tener en cuenta el texto de la propia resolución donde establece que "este permiso atendiendo a las necesidades del servicio, podrá disfrutarse individualmente o acumularse tanto a los días de vacaciones de 2018 que se disfruten de forma independiente como a los días por asuntos particulares de 2018"

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