
En Justicia y Progreso hemos tenido conocimiento del Auto 578/24 de la Sala Contencioso Administrativo, Sección 3ª, dictado en el procedimiento ordinario 792/2023.
En el mismo, la Sala Acuerda en la parte dispositiva "la suspensión de los procedimientos de la Orden JUS/1318/2022, de 27 de diciembre por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso de méritos derivado de la Ley 20/2021 en el estado en el que se encuentra, a saber, la fase de alegaciones a los listados provisionales, de modo que una vez que se cierre el trámite de alegaciones el día 28 de junio y 3 de julio en cada uno de los procedimientos, quedarán en suspenso hasta la sentencia, y por las razones apuntadas el recurso habrá de señalarse a la mayor brevedad (próximo 10 de septiembre de 2024)".
Dicho acuerdo se fundamenta en la no inclusión de plazas del turno de discapacidad en la convocatoria efectuada, algo sobre lo que ya el Tribunal Supremo se ha pronunciado en la reciente Sentencia número 162/2024, de 1 de febrero de 2024, dictada en el recurso ordinario número 721/2022 (Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo), en un procedimiento cuyo objeto es idéntico, anulando la convocatoria, para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado por el sistema de concurso, por no respetar el cupo de reserva para las personas con discapacidad.
No queremos acabar sin hacer mención de algo que nos parece increíble y es que el Ministerio de Justicia haya informado a algún sindicato (tal y como han publicado) que paralizan el proceso a la espera de sentencia y que no piensan informar de estos extremos en su página web.
Otra vez vuelve a ocurrir, el Ministerio demuestra su más absoluto desprecio hacia nuestro colectivo, y una vez más se produce una falta de crítica contundente a esta forma de actuar por parte de los sindicatos mayoritarios, que únicamente se dedican a informar.
ACTUALIZACIÓN A 21/8
Se ha publicado en el Centro de Documentación Judicial (Cendoj) la resolución de 16 de julio por el que se ordenó la suspensión de los procesos mencionados.
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