93.344.00.71/692.17.78.14
comunica@justiciayprogreso.com

Menú Principal

032995205
Hoy
Ayer
Esta semana
Este mes
Ultimo mes
Total
9059
27400
36459
455095
742843
32995205

IP: 35.168.113.41
19-03-2024 07:38

En un momento en el que el conflicto en Justicia no solo suma meses abierto, sino que parece más próximo a su reactivación que a cualquier tipo de acuerdo satisfactorio para los trabajadores, y al que se suma ahora la aprobación -sorpresiva, unilateral y defendiendo su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia- del anteproyecto de reforma organizativa que tendrá un impacto...

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 12 de marzo, el Anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia (o eso pretenden hacernos creer) del servicio público de justicia y de acciones colectivas para la protección y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios. Según esto: Desaparecen los Juzgados y se crean los Tribunales de Instancia, uno por...

Desde hoy día 1 de enero, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria novena del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, entra en vigor el permiso de dieciséis semanas para el progenitor diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija, siendo personal e intransferible.

Deberéis tener en cuenta que las seis primeras semanas serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha del nacimiento, de la decisión judicial de guarda con fines de adopción o acogimiento o decisión judicial por la que se constituya la adopción.

Las diez semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido; ya sea con posterioridad a las seis semanas inmediatas posteriores al periodo de descanso obligatorio para la madre, o bien con posterioridad a la finalización de los permisos contenidos en los apartados a) y b) del artículo 49.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

A continuación incluimos la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece el régimen de disfrute de dos dias de permiso adicionales por la coincidencia en domingo de los días 24 y 31 de diciembre de 2023.

El Ministerio de Justicia ya los ha incorporado en el sistema y habrá que esperar a que las CCAA con competencias establezcan las condiciones en sus ámbitos respectivos.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

 

El Ministerio ha recapacitado y ha rectificado su decisión inicial de no reconocer a parte del personal interino los días extra de 2017 y 2018 que la reforma de la LOPJ les reconoció.

Después de muchas reclamaciones y las amenazas de llevarlos a los Tribunales, se ha optado por reconocer los días que correspondan según el período trabajado en esos años. 

A continuación os incluimos la nueva comunicación así como la interpretación inicial

ACCEDE A LA RECTIFICACIÓN

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN INICIAL

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Publicada la Resolución de 16 de septiembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2012, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

En la misma se establecen los permisos por asuntos particulares (6 días al año, de los 9 se han olvidado), los premios de permisos por antigüedad, los premios de vacaciones por antigüedad (ojo: no son aplicables de forma inmediata, debemos esperar a la entrada en vigor de la última reforma de la LOPJ que será el 1 de octubre) y la nueva jornada anual de trabajo.

Además se incluyen los plazos de disfrute para este año.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Hemos tenido conocimiento de la Resolución de 27 de febrero 2015, de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas, por la que se reconoce un día de permiso adicional al personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos por la coincidencia en sábado de un festivo nacional no recuperable y no sustituible en 2015.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN.

Con esta resolución se alcanza provisionalmente "la nada despreciable" cifra de 6 días de asuntos particulares para 2015, algo que ya existía en las Administraciones Públicas antes de que Rajoy metiera la tijera y 3 días menos de los que en Justicia teníamos.

Entendemos que dicho regalo es de aplicación a todos los que trabajamos en la Administración de Justicia.

Pero no nos dejemos engañar, de los 3 días perdidos en Justicia, nada de nada, y sobre el regalo que dicen hacernos nos preguntamos, si nos obligan a cumplir las 1657 horas que establece el calendario laboral aprobado, ¿de qué sirven esos días de permiso si después debes recuperar la jornada?.

Unos nos toman el pelo, engañándonos con lo que parece una compensación por todo nuestro sacrificio, y otros dicen que reivindican y luchan por todos nosotros, pero de resultados prácticos, poco o nada, hemos perdido 3 días, nos han impuesto más horario y nuestros sueldos por los suelos.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

El pleno del Congreso aprobó el pasado día 11 de septiembre definitivamente el proyecto de Ley de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa.

En esta Ley se aumenta el número de días de permiso por asuntos particulares a CINCO al año.

En la actualidad sólo tenemos cuatro tal y como viene recogido en el artículo 48 k) del Estatuto Básico del Empleado Público.

Como podemos ver, todavía estamos lejos de los NUEVE DÍAS por asuntos particulares que teníamos antes de la política de recortes, y muchísimo más lejos de aquellos que han sido eliminados y que, por razón de la antigüedad, tanto había costado conseguir.

Además de esta modificación, hay otras reformas que afectarán a buen seguro a muchos compañeros de otras administraciones públicas para aplicar los recortes que Europa manda y como alumno aplicado aprueba el Gobierno del PP.

ACCEDE A LA NOTA DE PRENSA.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

reformas_legales

En el Consejo de Ministros de hoy se ha anunciado la reforma parcial de la LOPJ para:

  • eliminar la obligación de constituir tribunales delegados en las oposiciones, veremos con qué finalidad y consecuencias.

  • traspasar a las CCAA la competencia en el reconocimiento de nuestras jubilaciones, incluidas la prórroga en el servicio, lo que puede llevar a situaciones perjudiciales para nuestro interés al poderse producir la concesión de prórrogas en algunas comunidades y no en otras.

  • reconocer a los Jueces cinco días de permiso por asuntos particulares (ahora tienen reconocidos tres conforme al artículo 373.4 de la LOPJ), al igual que el resto de funcionarios públicos, incluidos nosotros, aunque aún tendremos que  esperar hasta después del verano, ya que en nuestro caso va por otra ley.

ACCEDE A LA RESEÑA DEL CONSEJO DE MINISTROS.

Pero eso no es todo.

No podemos olvidar que los Jueces tienen otros 9 días para "estudiar asuntos en casa" conforme al artículo 373.8 de la LOPJ.

Todos sabemos que a lo anterior le podemos sumar también la laxitud en el control de estos permisos por parte de sus superiores y por tanto el pasar de 3 a 5 los días de permiso no tendrá para ellos mucha trascendencia.

ACCEDE A LA NOTICIA DE EUROPA PRESS.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Hoy se ha publicado la Resolución de 23 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establece el régimen para el disfrute de un día adicional de asuntos particulares introducido por la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público y se adapta la Resolución de 28 de diciembre de 2012 de esta Secretaría de Estado.

permisos_y_licencias

Dicha Resolución es de aplicación a la Administración de Justicia, entendiendo desde JyP que este desarrollo es un mínimo exigible en cualquier Comunidad Autónoma en la que estemos destinados.

Según se establece, dichos días pueden ser disfrutados hasta el 15 de febrero y pueden unirse a los días sueltos que por vacaciones tengamos pensados disfrutar (aunque no puedan unirse al período vacacional de forma genérica).

Con este nuevo día de permiso se establecen en 1657 horas la duración de la jornada anual.

Recordar que a partir de aquí, las CCAA (como ya ha decidido Cataluña) puede establecer sus formas y condiciones del disfrute, cumpliendo los mínimos determinados por el Estado, claro está.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

boe

Finalmente este sábado se ha publicado la norma (ver disposición adicional cuarta) por la que se reconoce la devolución de uno de los días de permiso de asuntos particulares que nos habían robado.

permisos_y_licencias

Así, para este año 2013 disponemos de CUATRO días de asuntos particulares, según establece la nueva redacción del artículo 48.k del EBEP que nos es de aplicación. Esto se añadiría al día concedido por haber caído la fiesta de 12 de octubre en sábado.

Recordad que según se establece en la normativa, estos días pueden ser disfrutados hasta el día 31 de enero cuando no se haya podido disfrutar durante el año por necesidades de servicio.

Atención, deberemos tener en cuenta los destinados en Cataluña:

Los días de permiso correspondientes a 2012 se pueden disfrutar únicamente hasta el día 31 de diciembre de 2013.

Los días de permiso correspondientes a 2013 se pueden disfrutar hasta el 30 de abril de 2014 y pasan a ser un total de 33.5 horas (han dado 8.5 horas como al resto de empleados públicos).

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Como ya dijimos ante el anuncio que había hecho el Ministro:

GRACIAS SR. MONTORO POR SU GENEROSIDAD,

aún nos deberán 5 días como mínimo.

EUROPA_PRESS

Los funcionarios podrán disfrutar en diciembre del día de asuntos particulares ('moscoso') cuya devolución ha hecho efectiva el Gobierno a  a través de una enmienda de adición al proyecto de Ley Orgánica de control de la deuda comercial en el sector público, que se tramita en el Senado (ver página 77).

Fuentes del Ministerio de Hacienda han explicado a Europa Press que se prevé que la dicha ley se publique en el BOE y esté en vigor antes del 25 de diciembre, por lo que los empleados públicos podrían disfrutar ya en 2013 del día que han recuperado.

El Gobierno ha hecho efectiva la devolución de un día de asuntos particulares ('moscoso') a los empleados públicos a través de una enmienda que introduce una modificación del Estatuto Básico del Empleado Público que establecerá cuatro días para asuntos particulares al año en lugar de los tres actuales, tal y como había establecido el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

ACCEDE AL ARTÍCULO PUBLICADO EN EUROPA PRESS

ACCEDE A LA NOTA DE PRENSA DEL MINISTERIO.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha reconocido por fin el derecho a disfrutar el período de lactancia a los dos padres (y no solo uno como hasta ese momento).

Es penoso que hayan tenido que pasan 4 años desde que el Tribunal Europeo lo reconoció para el conjunto de trabajadores.

Después dirán que los funcionarios somos unos privilegiados.

A continuación os incluimos la información difundida por el CGPJ y la sentencia de referencia.

Debería no solo imponerse las costas del procedimiento al Estado (que al final lo pagamos todos) sino depurarse responsabilidades del responsable político que ha mantenido esta decisión contraria a Derecho durante tanto tiempo.

CGPJ

Leer más:La Audiencia Nacional confirma que, a partir de ahora, los funcionarios podemos compartir el...

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Este sitio web utiliza cookies y puede saber más sobre que son haciendo click en MÁS INFORMACIÓN.

  Aceptar las cookies del sitio.
Más Información