93.344.00.71/692.17.78.14
comunica@justiciayprogreso.com

Menú Principal

064527865
Hoy
Ayer
Esta semana
Este mes
Ultimo mes
Total
2351
54545
56896
586252
1355541
64527865

IP: 216.73.216.111
10-03-2026 01:08

Como consecuencia de la toma de posesión de los opositores del cuerpo de Tramitación en los diferentes centros de trabajo de Cataluña, la Generalitat, cuando había varios interinos a los que cesar, ha tomado una decisión que entendemos contraviene la normativa vigente sobre ceses de personal interino. Para exigir su corrección y aplicación estricta de la norma hemos presentado el escrito que os...

Desde Justicia y Progreso denunciamos el fracaso estrepitoso, previsible y evitable del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya en la implementación de la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de justicia en los partidos judiciales de la tercera fase, situación esta que es extrapolable a cualquier parte del territorio estatal. Denunciamos el trato indigno y vejatorio al que...

no_privatizacion

La noticia que hace unas horas os anunciabamos, se ha confirmado. El Gobierno ha aprobado el informe sobre el Anteproyecto de Ley de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El Gobierno privatizador del Partido Popular, con el Ministro Gallardón encargado de desmontar la Administración de Justicia, ha incluido en este informe que los Procuradores:

  • Realizarán los actos de comunicación.

  • Ralizará embargos de bienes muebles y cuentas corrientes.

  • Incrementará sus funciones en los procesos de ejecución, pudiendo realizar el requerimiento de pago en el domicilio del ejecutado o donde puedan encontrarlo.

  • Podrá encargarse del depósito y de la administración judicial de los bienes embargados.

  • Podrán ser designados como entidad especializada en la subasta de los bienes embargados.

La Ley confiere a los procuradores la condición de agentes de la autoridad, por lo que sus notificaciones producirán plenos efectos cuando el destinatario se encuentre en su domicilio y se niegue a recibir la copia de la resolución, y ya no tendrán que realizar estos actos acompañados de dos testigos.

Aclaran que será la parte quien decida al principio del procedimiento quién quiere que se encargue de dichos actos: funcionarios al servicio de la Administración de Justicia o su procurador, a su costa.

Alguien tiene dudas de quién será el elegido por el "ciudadano" demandante al que poco le va a importar lo que le ocurra al demandado?.

Enviar a FacebookEnviar a Twitter

Este sitio web utiliza cookies y puede saber más sobre que son haciendo click en MÁS INFORMACIÓN.

  Aceptar las cookies del sitio.
Más Información