Como trabajadores de los Juzgados vivimos a diario verdaderos dramas humanos.
Ya nos gustaría poder tomar parte y defender a los que injustamente son desahuciados pero no tenemos ese potestad en tanto que funcionarios, más bien al contrario, tenemos una limitación legal y no podemos actuar.
Hoy ha salido a la luz las 18 medidas que ha propuesto un grupo de Jueces para intentar frenar los demanes de los más poderosos, los que nunca pierden, los bancos.
Desconocemos si el trabajo lo han hecho por encargo o de forma altruista, la cuestión es que lo han hecho y han sacado una serie de conclusiones muy interesantes.
Ahora como ciudadanos, y siempre que las compartamos, estamos en la obligación de hacer que sean asumidas por nuestros gobernantes.
Esperemos que esos partidos que se postulan de izquierdas lo asuman y lo incluyan en sus próximos programas electorales (otra cosa será que después lo cumplan), de los de derechas nada esperamos.

Accede a la noticia: El CGPJ se desmarca del informe de un grupo de jueces que critica los desahucios
A continuación os incluimos las 18 medidas contra el drama de los desahucios:
1. Determinar el concepto de deudor hipotecario de buena fe, como sujeto de aplicación de medidas excepcionales en la materia. Serían sólo afectados por ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o locales de negocio.
2. Elevación del denominado umbral de exclusión para flexibilizar los requisitos estrictos que establece el Código de Buenas Prácticas aprobado por el Gobierno.
3. Regulación imperativa en determinadas circunstancias de la dación en pago.
4. Establecimiento de un régimen especial en el caso de ejecuciones hipotecarias de viviendas habituales o locales de negocio, en el sentido postulado por el Defensor del Pueblo.
5. Limitar los intereses moratorios, prohibiendo que sean superiores en 2,5 veces al interés legal del dinero en caso de descubierto.
6. Modificación del procedimiento de ejecución hipotecaria para que deje de ser un prigilegio procesal de los bancos, reconduciéndolo a las normas geneerales de la ejecución ordinaria, aumentando así los motivos de oposición a la ejecución (pago, nulidad o prescripción).
7. Atribución de facultades al juez para acordar moratorias que dejen en suspenso el pago de las cuotas hipotecarias, si concurren circunstancias excepcionales
8. Revisión legal del concepto de fuerza mayor y redifinición de la cláusula que permita suspender el cumplimiento de obligaciones por el deudor cuando las circunstancias se lo impidan por motivos ajenos a su voluntad.
9. Modificar el régimen de tasación de viviendas, a realizar por expertos independientes.
10. Elevar el porcentaje de adjudicación al acreedor (actualmente es del 60 por ciento del valor de tasación), ya que la Ley hoy permite al banco adjudicarse bienes por valor notoriamente inferior al real.
11. Establecimiento de periodos de carencia en la amortización del capital de forma obligada y no voluntaria de los bancos como dice el Código de Buenas Prácticas.
12. Potenciación de subastas por Internet para mejorar las adjudicaciones y el número de interesados en pujar.
13. Regular un procedimiento concursal específico para personas físicas que puedan paralizar ciertas ejecuciones.
14. Ampliar los supuestos en que el deudor puede continuar usando la vivienda habitual o local de negocio satisfaciendo un canon mediante arrendamiento, leasing u otras fórmula jurídicas.
15. Limitar gastos en caso de mora.
16. Ampliar la posibilidad de que el deudor pueda poner fin a la ejecución pagando las deudas y rehabilitando el préstamo, ya que actualmente sólo se puede usar esa posibilidad una vez cada cinco años.
17. Mediación previa o simultánea obligatoria en las ejecuciones hipotecarias.
18. Crear Comisiones Mixtas de Administración, banca y consumidores para favovecer soluciones negociadas.
EL INFORME COMPLETO.