Os incluimos a continuación el artículo publicado en el prensa por el que se informa de la setencia dictada por un Juzgado de lo Social ante 19 despidos del Incasol.
Es una batalla ganada, ahora hay que continuar la guerra.
HOY A LAS 17.30 ANTE EL PARLAMENT
CONCENTRACIÓN DE TRABAJADORES PÚBLICOS
PARA GRITAR JUNTOS:
La justicia obliga a la Generalitat a readmitir a 19 despedidos por los recortes
“Ha salido la sentencia, vuelven los 19”. Hoy ha sido un día de SMS, WhatsApp y cava en el Instituto Catalán del Suelo (Incasòl). Ha salido la sentencia sobre los 19 trabajadores despedidos en marzo: el juez los declara nulos y obliga a la empresa de la Generalitat a readmitirles y pagarles el sueldo de los meses que han estado parados. El titular del Juzgado de lo Social número 12 de Barcelona incluso lanza una advertencia: aunque la Administración recurriera, son despidos improcedentes. La razón: una empresa pública no puede echar a sus empleados por motivos económicos, como pretendió justificarlos el Gobierno catalán en marzo, porque no está en el mercado ni persigue los mismos fines que las empresas privadas.
Un portavoz del Incasòl ha asegurado que este organismo aún no han recibido la comunicación del fallo judicial y que cuando tenga acceso al texto estudiará la posibilidad de presentar recurso.
Esta nueva sentencia asesta un duro golpe a la política de las empresas de la Generalitat de reducir personal con motivo de los recortes. En noviembre, otras cinco sentencias declararon improcedentes 23 despidos en el Servicio Meteorológico, el Instituto Cartográfico, Forestal Catalana y la Agencia Catalana de la Vivienda. Pero ahora la justicia va un paso más allá, declara nulos los despidos del Incasòl y obliga a la empresa a “readmitirles inmediatamente en las mismas condiciones que regían con anterioridad y a abonarles los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido, el 22 de marzo”.
En todos los casos citados, las empresas de la Generalitat se apoyaron en la instrucción del mes de enero de los departamentos de Economía y Gobernación que, entre otras medidas, ordenaba ahorrar entre un 5% y un 6% en el capítulo de personal. A estos 23 casos cabe sumar el de una directiva de Catalan Films, despedida tras comunicar que estaba embarazada; el caso fue declarado nulo y el juez obligó a indemnizarla con 50.000 euros por daños morales.
“Esta sentencia del Incasòl es un ataque a la línea de flotación de la política de despedir para ahorrar”, asegura Vicente Cantos, abogado que ha defendido a parte de los 19 despedidos. “El juez les está diciendo, a la dirección y sus asesores, que no vale, que se han equivocado, porque la Administración no está en la calle para hacer dinero, sino para servir a la ciudadanía”, añade. Cantos repasa también cómo desde las primeras sentencias de noviembre, que declararon improcedentes ocho despidos, “los jueces han ido aprendiendo y endureciendo el discurso”. De hecho, en esta última sentencia, el titular del Juzgado de lo Social número 12 alude en los fundamentos de derecho a los casos citados en las otras empresas.
El magistrado comienza el texto repasando cuál es el objetivo fundacional del Instituto Catalán del Suelo. Recuerda que es una “entidad de derecho público” cuyo fin es “favorecer una utilización del suelo de acuerdo con el interés general y para impedir la especulación y favorecer la efectividad del derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada”. Sobre sus fuentes de ingresos, apunta que depende de la partida que asignen los presupuestos de la Generalitat.
Con esta premisa, el juez entiende que “su finalidad no es concurrir en el mercado como si de un competidor más se tratara que pueda regir su actuación con los mismos principios y objetivos que una sociedad privada, es decir, con la finalidad de obtener beneficios y rentabilidad económica”. “Antes al contrario”, dice el juez, “su finalidad es indiscutiblemente social” porque entre sus objetivos está “facilitar la existencia de vivienda digna y adecuada y remodelar zonas urbanas, crear espacios libres y zonas verdes, dotaciones y equipamientos”. El juez expresa incluso que los resultados del Incasòl “no pueden medirse ni valorarse con los parámetros finalistas de beneficios o pérdidas inherentes a las sociedades capitalistas privadas”.
La sentencia es dura con la Administración catalana, como cuando apunta que el coste laboral anual de los 19 despedidos era de entre 800.000 y 900.000 euros, una cifra que compara con la deuda de la Generalitat con el Incasòl, de casi 340 millones de euros. El juez reprocha entonces al Incasòl que despida a los afectados para ahorrarse su salario cuando no “ha adoptado medida o previsión alguna –como sería exigible de acuerdo con los principios de eficacia administrativa y racionalidad en su gestión-- para corregir” la deuda.
En el comité de Empresa del Incasòl la sentencia ha sido recibida con euforia. “Esta última sentencia refuerza la postura que siempre hemos mantenido: que la Generalitat no puede despedir para ahorrar, y la refuerza ante cualquier tentación de prescindir de más personal”, ha celebrado un portavoz del comité. Con casi 500 empleados, el Incasòl es una de las empresas públicas sobre las que los sindicatos temen que la Generalitat aplique un expediente de regulación de empleo.
Los 19 casos de la sentencia hecha pública ahora forman parte de un total de 22 despidos. De los tres restantes, dos decidieron no recurrir y el tercero es el caso del exdirector de Comunicación David Companyon, cuyo despido fue declarado nulo por motivos ideológicos.
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2011/12/20/catalunya/1324393746_380124.html