Tras la entrada en vigor de la NOJ en Ciudad Real, la Junta de Jueces de Ciudad Real decidió, de forma arbitraria, restringir el desempeño del servicio de guardia a los funcionarios destinados en la UPAD, limitando así el derecho de aquellos funcionarios destinados en los diferentes servicios comunes.
Obviamente esto supone un perjuicio para aquellos que con el cambio al que se han visto obligados por la implantación de la NOJ han sido “movidos” de sus destinos, produciendo un perjuicio económico que desde Justicia y Progreso no estábamos dispuestos a admitir.
Estos Jueces, llegaron a dictar un acuerdo en el que se establecía lo siguiente: “En ese sentido, la Junta Sectorial de Jueces de Instrucción acuerda realizar las funciones de Juzgado de Guardia con los funcionarios destinados en las denominadas Unidades Procesales de Apoyo Directo, recurriendo al resto de los incluidos en los distintos Grupos de la Instrucción 4/2.011 del Secretario Coordinador Provincial, solo en los casos en que estrictamente sea necesario. "
Ante esta decisión, los compañeros de Justicia y Progreso de Ciudad Real, entre ellos el entonces Presidente de la Junta de Personal, de nuestro Sindicato, en representación de aquella, decidieron, con nuestro asesoramiento, recurrir dicho acuerdo ante el Consejo General del Poder Judicial.
Finalmente el CGPJ nos ha dado la razón y ha anulado el acuerdo alcanzado por la Junta de Jueces, dándonos la razón en los planteamientos formulados por JyP.
El CGPJ recuerda a los señores jueces que las leyes y los reglamentos están para cumplirlos, y que quien tiene la facultad de acordar lo que decidieron, no son ellos, son otros y como todo español, están sometidos al imperio de la ley.
Justicia y Progreso no dudará en continuar recurriendo cuantas actuaciones infrinjan la normativa vigente, como hasta la fecha hemos venido realizando, y siempre en defensa de los derechos del conjunto de trabajadores de la Administración de Justicia.
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