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30-04-2026 20:25

Con motivo de la incorporación de los nuevos funcionarios de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa , tras su nombramiento y adjudicación de destinos publicada en el Boletín Oficial del Estado de 19 de febrero , esta organización sindical ha tenido conocimiento de una serie de actuaciones que, de confirmarse, podrían constituir una grave irregularidad en la gestión de los...

Como consecuencia de la toma de posesión de los opositores del cuerpo de Tramitación en los diferentes centros de trabajo de Cataluña, la Generalitat, cuando había varios interinos a los que cesar, ha tomado una decisión que entendemos contraviene la normativa vigente sobre ceses de personal interino. Para exigir su corrección y aplicación estricta de la norma hemos presentado el escrito que os...

En el BOE de hoy se ha publicado la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España.

Hasta ahora los integrantes de este colectivo podían, al igual que el resto de los ciudadanos de cualquier nacionalidad, adquirir la nacionalidad española mediante los dos cauces ordinarios. Primero, probando su residencia legal en España durante al menos dos años (como los miembros de las naciones iberoamericanas), junto al correspondiente examen de integración.

Y, en segundo lugar, por carta de naturaleza, otorgada de modo discreccional cuando el interesado acredite circunstancias excepcionales.

Pues bien, ahora el Ministerio establece un nuevo sistema para poder adquirir la nacionalidad española para el colectivo de sefardíes, un sistema que se equipara al indicado trámite de “carta de naturaleza” al que se refiere el artículo 21 del Codigo civil. Un sistema, a nuestro entender, altamente farragoso, y con el “módico precio” de 100€. de tasa (¿será esto el precedente de más tasas para futuros tramites en los Registros civiles? mucho nos tememos que asÍ sea).

La entrada en vigor de esta norma será el próximo día 1 de octubre, fecha esta que consideramos clave en el futuro de la Administración de Justicia.

ACCEDE A LA LEY

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha acaba de darnos la razón y reconocer el derecho de un compañero de nuestro sindicato a disfrutar de las vacaciones que no pudo realizar por estar de baja de larga duración.

A pesar del reconocimiento de este derecho en diferentes instancias judiciales, el Ministerio se empecinó en denegar el derecho y obligarle a acudir a los Tribunales.

Haría bien el actual Ministro en hacer que sea garante del cumplimiento de la legalidad y no nos obligue a acudir a los Tribunales en pleitos absurdos y que colapsan la Justicia.

ACCEDE A LA CIRCULAR.

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El pasado 23 de mayo se publicó en el BOE el Real Decreto 385/2015, de 22 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial "Boletín Oficial del Estado".

Es un tablón edictal único que agrupará los avisos a ciudadanos que se publican en diversos boletines oficiales diferentes y que incluyen desde sanciones de tráfico hasta notificaciones de todo tipo que no se han podido llevar a cabo por otros medios, como correos certificados.

Únicamente se incluye en la versión online del BOE.

Estas notificaciones serán de acceso público durante tres meses, pasado ese tiempo se borrarán del escrutinio público y solo serán accesibles por parte del propio afectado o las autoridades judiciales.

ACCEDE AL REAL DECRETO

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Publicada en el BOE la Orden JUS/862/2015, de 5 de mayo, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación (a dedo) de Secretarios de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, efectuada por Orden JUS/2340/2014, de 3 de diciembre.

Los Secretarios de Gobierno nombrados son de: Cataluña, Cantabria, Illes Balears, Extremadura, Castilla y León (Burgos), Asturias, Murcia, Aragón y Ceuta.

ACCEDE AL NOMBRAMIENTO.

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Publicadas las siguientes norma en el BOE:

Ley Orgánica 5/2015, de 27 de abril, por la que se modifican la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para transponer la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010, relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales y la Directiva 2012/13/UE, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales.

Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.

ACCEDE A LA LEY

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Hoy en el Boletín Oficial del Estado se ha publicado la reforma de diferentes normas, Código Penal incluido, por el que se va a limitar nuestra libertad de denuncia y expresión.

Es uno de los retrocesos en libertades más importantes de los últimos tiempos que se harán efectiva a partir de la entrada en vigor el próximo 1 de julio.

Tendrá que pasar mucho tiempo antes de que las cosas vuelvan a ponerse en su sitio (mediante reformas aprobadas por nuevas mayorías parlamentarias, sentencias de instancias españolas o europeas) pero seguramente habrá muchas situaciones que se producían hasta ese momento, que nadie podrá resarcir de modo alguno.

Hoy la mayoría absoluta que los ciudadanos dieron a un gobierno salpicado por la corrupción y los desmanes, ha facilitado que seamos algo menos libres y por tanto somos algo responsables de que esto haya ocurrido.

Esperamos que la próxima vez seamos conscientes y recordemos lo que hacen aquellos a quienes votamos.

REFORMA DEL CÓDIGO PENAL.

REFORMA DEL CÓDIGO PENAL PARA DELITOS DE TERRORISMO.

LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA.

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