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30-04-2026 19:13

Con motivo de la incorporación de los nuevos funcionarios de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa , tras su nombramiento y adjudicación de destinos publicada en el Boletín Oficial del Estado de 19 de febrero , esta organización sindical ha tenido conocimiento de una serie de actuaciones que, de confirmarse, podrían constituir una grave irregularidad en la gestión de los...

Como consecuencia de la toma de posesión de los opositores del cuerpo de Tramitación en los diferentes centros de trabajo de Cataluña, la Generalitat, cuando había varios interinos a los que cesar, ha tomado una decisión que entendemos contraviene la normativa vigente sobre ceses de personal interino. Para exigir su corrección y aplicación estricta de la norma hemos presentado el escrito que os...

normativa

Publicadas en el BOE dos resoluciones de interés para nosotros.

La primera de ellas, que aunque no afecta de forma directa en nuestro ámbito laboral, nos puede orientar por donde "iran los tiros" en nuestras condiciones de trabajo por lo que respecta a jornada y horarios.

Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN


También se ha publicado la Orden referida a las ausencias por enfermedad o accidente que no supongan ILT y que puede afectarnos directamente.

Orden HAP/2802/2012, de 28 de diciembre, por la que se desarrolla para la Administración del Estado y los organismos y entidades de derecho público dependientes de la misma, lo previsto en la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a incapacidad temporal.

ACCEDE A LA ORDEN

 

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normativa

En el BOE de ayer se han publicado los Presupuestos Generales del Estado para 2013 mediante la Ley 17/2012, de 27 de diciembre

 

Haciendo una rápida lectura hemos podido ver lo siguiente:

  • Se establece la oferta de empleo público en la Administración de Justicia aunque únicamente del 10% de la tasa de reposición, es decir de las jubilaciones producidas. Habrá que ver en cuantas plazas se concreta. En el día de hoy hemos visto como se publicaba la OPE de la AGE (ver convocatoria)
  • Se vuelven a establecer los sueldos y trienios anteriores al decretazo
  • Se incrementan los haberes reguladores en un 1% lo que supone un incremento de las deducciones de MUGEJU y clases pasivas que se nos aplican lo que supondrá una rebaja real del salario que percibimos.

2013 MUGEJU CLASES PASIVAS TOTAL
FORENSES 47,74 109,04 156,78
GESTORES 37,57 85,82 123,39
TRAMITADORES 28,86 65,91 94,77
AUXILIO 22,83 52,15 74,97


A pesar de lo publicado no olvidemos que los PGE de 2012 fueron aprobados el 30 de junio de 2012 y el 14 de julio se publicó el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad por la que se nos dejó sin paga extra.
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normativa

En el BOE de hoy se ha publicado la Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Como ya os informamos los recortes aprobados son los siguientes:

La supresión de la percepción de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012.

La reducción de 18 a 12 días de permiso para Jueces y de 9 a 3 para el resto de Funcionarios de Justicia.

La reducción de retribuciones en incapacidad laboral, por lo que únicamente se percibirán del 1 al 3 día un 50%, del 4 al 20 el 75% y del 21 al 180 el 100% de las retribuciones totales (en caso de accidente de trabajo se cobraría el 100% desde el primer día)

Se introduce, aunque por motivos excepcionales, la movilidad forzosa (cambios de municipio en procesos de reordenación)

ACCEDE A LA LOPJ

Ahora ya la tenemos publicada y los recortes aprobados, pero si alguien cree que aquí se acaban nuestros problemas, nada más lejos de la realidad. Habrá nuevos episodios de recortes, y si no al tiempo.

¿Vamos a tomar alguna determinación? ¿Vamos a responder de forma más contundente de lo que hasta ahora se ha hecho?

Nos jugamos mucho, el puesto de trabajo de muchos empieza a estar en peligro.

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tasas_mazo_y_dinero

Publicada la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.

En la misma se establece que entrará en vigor el día 17 de diciembre de 2012, aplicándose a los hechos imponibles que tengan lugar a partir de la entrada en vigor de la misma.

Aunque la solicitud de devolución de las tasas no se podrá realizar hasta pasado el 1 de abril de 2013.

ACCEDE A LA ORDEN.

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sentencia

En el BOE de hoy se ha publicado la Sentencia de 8 de noviembre de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se estima la cuestión planteada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, y sin afectar a la situación jurídica concreta derivada de la Sentencia del expresado tribunal de 4 de mayo de 2012, dictada en el rollo de apelación nº 27/2012, declara la ilegalidad de los artículos 5.4 a) y 6.a) del Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo, por el que se regulan las retribuciones previstas en la disposición transitoria tercera de la Ley 15/2003, de 26 de mayo.

En el fallo de la misma se declara la ilegalidad de los artículos 5.4.a) y 6.a) del Real Decreto 431/2004, de 12 de marzo, por el que se regulan las retribuciones previstas en la disposición transitoria tercera de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, por su oposición a lo dispuesto en la Directiva Comunitaria Europea 1999/70/CE, de 28 de junio, anulándolos exclusivamente en la medida en que al regular las retribuciones básicas correspondientes a los Magistrados suplentes, Jueces sustitutos y Fiscales sustitutos excluyen el componente de la antigüedad.

Es decir que a partir de ahora, al igual que el resto de trabajadores interinos, los Magistrados, Jueces y Fiscales sustitutos cobrarán trienios.

ACCEDE A LA PUBLICACIÓN.

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MINISTERIO_DE_JUSTICIA

A continuación os incluimos la Instrucción 5/2012, de 21 de noviembre, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, relativa a la liquidación de la tasa judicial con motivo de la entrada en vigor de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

En la Instrucción se establece que hasta tanto no se produzca la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden ministerial a la que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, los Secretarios Judiciales de todo el territorio nacional no exigirán, en ningún caso, la presentación del justificante de autoliquidación de la tasa para dar curso a los escritos procesales que se presenten.

Debe quedar claro que en ningún caso se establece la exención de la misma durante ningún período.

Suponemos que tras la aprobación de la Orden de Hacienda se requerirá el pago correspondiente a los ciudadanos.

ACCEDE A LA INSTRUCCIÓN DIRIGIDA A LOS SECRETARIOS.


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tasas_no

A pesar de los rumores que circulaban sobre la entrada en vigor de la Ley de tasas en la que se decía que hasta diciembre no se iba a publicar, el Gobierno, siendo consciente de las prisas en comenzar a recaudar y dejarnos sin tutela judicial efectiva, ha publicado en el BOE de hoy Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Al margen de las tasas que tendremos que abonar como ciudadanos si queremos acudir a la Justicia, os recordamos que entre otros también se nos ha recortado lo siguiente:

  • A partir de ahora el recurso contencioso por temas de personal deberemos presentarlo con abogado.
  • Se reitera que en diciembre nos descontarán clases pasivas y mugeju dos veces.

También se establece que la deducción de la paga extra de diciembre lo sea en proporcionalidad a la del resto de funcionarios públicos.

ACCEDE A LA PUBLICACION EN EL BOE.

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boe

Publicado en el BOE el Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica.

Esta regulación afecta a los precios que nos van a cobrar por implantes quirúrgicos, las prótesis externas, las sillas de ruedas, las ortesis y las ortoprótesis especiales. Es decir un nuevo "recorte" en prestaciones.

Suponemos que en breve este recorte será trasladado a las coberturas que MUGEJU reconoce para el personal titular.

ACCEDE AL REAL DECRETO.

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normativa

Publicado en el BOE el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.

Entre los objetivos determinados en el mismo se indica que tiene como finalidad "Establecer las peculiaridades del procedimiento del despido en el sector público y específicamente en el ámbito de las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional vigésima del Estatuto de los Trabajadores". Blanco y en botella.

Recomendamos leer los artículo 34 a 48.

Con esta reforma ya no habrá sentencias de la jurisdicción laboral que impedían alegar motivos económicos para el despido de empleados públicos, se abre la veda.

ACCEDE AL REAL DECRETO.

 

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