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19-07-2025 07:30

Desde el sindicato Justicia y Progreso queremos manifestar nuestra absoluta indignación y rechazo ante los hechos gravísimos ocurridos en el proceso de convocatoria y resolución del concurso de traslados de los cuerpos generales de la Administración de Justicia, cuya gestión está cruzando todos los límites de la irresponsabilidad. Por ello, nos hemos dirigido por escrito al secretario de Estado,...

Entre los efectos registrados por el apagón de este lunes, 28 de abril, el Ministerio de Justicia acaba de informar de que no funcionan correctamente Inforeg y Dicireg. Asimismo, en estos momentos los técnicos están trabajando para restablecer el correcto funcionamiento de las siguientes aplicaciones informáticas empleadas en la administración de Justicia: Sede electrónica del MJU Centro de...

A continuación os incluimos el anteproyecto de Anteproyecto de Ley de servicios y colegios profesionales. (gentileza de Veronica del Carpio)

ley_servicios_profesionales

En la exposición de motivos y en el desarrollo del Anteproyecto vemos como se intenta "unificar" la profesión de abogado y procurador, algo que podría reducir los costos que para los ciudadanos tiene acudir a la Justicia al tener que pagar a dos profesionales.

Así en la Exposición, se indica que: En relación con el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para establecer expresamente la compatibilidad del ejercicio simultáneo por la misma persona de ambas profesiones excepto para aquellas funciones para las que el procurador ostente la condición de agente de la autoridad (y así "privatizar" las funciones que actualmente efectúan los compañeros de auxilio)

Creemos que dicha medida es adecuada a la realidad actual ya que con los actuales sistemas informáticos la interconexión abogado-Juzgados debería tener más fluidez y así poder ahorrar intermediarios. Si a esto le añadimos la regulación europea que así lo establece, pensamos que es una medida que puede favorecer a los ciudadanos.

El problema es que el Ministerio para compensar este "perjuicio" que se ocasionaría a los Procuradores, se da un paso más en el desmantelamiento de la Administración de Justicia y se le otorgar la condición de agente de la autoridad, suplantando al Auxilio judicial en los actos de comunicación, lo que pensamos llevará en el tiempo a la reducción importante de personal de este cuerpo.

Posteriormente, a través de la Disposición final cuarta mediante Modificación del apartado 3 del artículo 23 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil establece una incompatibilidad, dejando la competencia en exclusiva a la figura del Procurador:

En relación con el ejercicio de las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para establecer expresamente la compatibilidad del ejercicio simultáneo por la misma persona de ambas profesiones excepto para aquellas funciones para las que el procurador ostente la condición de agente de la autoridad

 

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clases_pasivas_recorte

En el BOE de hoy se ha publicado la actualización miserable del 0,25% para las pensiones de los compañeros que las perciben de clases pasivas, la misma actualización que al resto de trabajadores.

Lo que olvida es que nosotros cuando nos jubilamos seguimos pagando el 30% de las medicinas, siendo necesario en muchos casos una actualización real de las pensiones para no tener problemas y poder abonar los medicamentos que nos vemos obligados a tomar.

Otro recorte más que nos aplican nuestros "queridos gobernantes" mientras ellos perciben sus buenos sueldos, dietas e indemnizaciones.

ACCEDE A LA ACTUALIZACIÓN.

La misma actualización se ha realizado respecto de las pensiones que se perciben de la seguridad social.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN DE LA S.S.

Pero si lo anterior no fuera suficiente sangrante, a continuación, en el mismo BOE, se publica la Resolución de 18 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se procede a la actualización de la cuantía máxima correspondiente a los medicamentos. Como habréis supuesto, esta actualización sí que se hace en base al IPC

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN.

 

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boe

Publicadas en el BOE dos nuevas leyes de recortes de nuestros derechos, en la primera se confirma por enésimo año la congelación de nuestras retribuciones y en la segunda se confirma la pérdida real en las pensiones de nuestros jubilados, pasando de un sistema de revalorización de pensiones según el IPC a un artificio creado para que la pensiones cada vez se vean más reducidas.

Como vemos el gobierno del partido popular liderado por el Sr. Rajoy Brey, sigue con "sus medidas de gracia".

  • Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

ACCEDE A LA LPGE

  • Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.

ACCEDE A LA LEY DE PENSIONES

 

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MINISTERIO_DE_JUSTICIAmadrid

Publicado en el BOE el Real Decreto 1012/2013, de 20 de diciembre, de ampliación de los medios personales y económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Madrid por el Real Decreto 1429/2002, de 27 de diciembre, en materia de provisión de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia.

ACCEDE AL REAL DECRETO

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euskadi

Publicada en el BOE la Orden JUS/2277/2013, de 27 de noviembre, por la que se aprueban con carácter definitivo las relaciones de puestos de trabajo de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial en la ciudad de Vitoria-Gasteiz.

Si queréis saber la diferencia retributiva de los compañeros del Pais Vasco con el resto de territorios, mirad el apartado "complemento específico" y lo comparáis con lo que cobráis en vuestra nómina de forma anual. Diferencia sustancial. A titulo de ejemplo comparándolo con un Gestor de Cataluña, cobran más de 3.000€ anuales.

ACCEDE A LA ORDEN

NOVEDAD: Publicada rectificación en el BOE.

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boe

euskadigeneralitat_cataluna

Publicada en el BOE la Orden JUS/2094/2013, de 12 de noviembre, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de Secretarios Judiciales en Girona, Olot y Vitoria-Gasteiz y por la que se modifica la Orden JUS/1533/2012, de 4 de julio, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la Orden JUS/1072/2011, de 20 de abril, por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de Secretarios Judiciales de determinados partidos judiciales del País Vasco.

ACCEDE A LA ORDEN

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CALENDARIO

Salvo que el Gobierno del PP lo impida, el próximo año volveremos a disfrutar de 14 festivos.

A continuación os incluimos las publicaciones que hasta la fecha hemos localizado de las diferentes CCAA.

GALICIA.

CATALUÑA

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junta_andalucia_b

El pasado 8 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 30 julio de 2013, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se aprueba el Manual de Gestión de Normas, Procedimientos y Criterios en materia de Vacaciones, Permisos y Licencias del Personal al Servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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aragon

Publicada en el Boletín Oficial de Aragón la INSTRUCCIÓN de 12 de julio de 2013, de la Dirección General de Administración de Justicia, por la que se establecen los supuestos en los que se completará hasta el 100% las retribuciones durante el periodo de incapacidad temporal.

La fecha de entrada en vigor es el próximo día 1 de agosto.

ACCEDE A LA REGULACIÓN.

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cantabria_general

El pasado día 26 de julio se publicó la Orden PRE/24/2013, de 17 de julio, por la que se regula la provisión de puestos de trabajo mediante comisión de servicio en el ámbito de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

ACCEDE A LA ORDEN

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REVISION_MEDICA

Publicada fuera del plazo establecido por la LOPJ la Resolución de 25 de junio de 2013, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal, para el personal al servicio de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia. (por tanto NO afecta al personal destinado en CC.AA. con competencias de gestión)

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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boe

Publicada en el BOE la Resolución de 25 de junio de 2013, de la Secretaría General de la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Ahora ya se ha aprobado para Jueces, Fiscales y Secretarios, los destinados en el ámbito competencia del Ministerio, aún nada, quizás mañana.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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boe

Publicada en el BOE la Resolución de 14 de junio de 2013, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se modifica la de 5 de diciembre de 1996, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios en el ámbito de la Administración de Justicia.

Esta modificación se realiza para garantizar a los Médicos Forenses el descanso tras la guardia de 8 días.

ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

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CGPJ

Publicada en el BOE Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Dicha reforma pretende cercenar la independencia del Poder Judicial y una modificación en profundidad del órgano de gobierno de los Jueces.

Veremos en qué acaba todo esto.

ACCEDE A LA REFORMA

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bajas

A continuación iremos incluyendo las diferentes publicaciones efectuadas por las administraciones competentes en las que se nos cercena el derecho a poder estar enfermos.

Recordad que de forma genérica y mediante la reforma de la LOPJ publicada el pasado día 28 de diciembre, a partir de del 1 a 3 día de incapacidad laboral transitoria (diferente a la baja de 3 días) se determinó que se percibiría solamente el 50% de las retribuciones y del 4 al 20, el 75%.

Posteriormente cada comunidad o el Ministerio para los de su competencia ha introducido, o no, determinados maquillajes y ampliación de los casos en que no se dejará de percibir el 100% de las retribuciones (accidentes de trabajo, ingresos hospitalarios, etc) lo que finalmente provoca una nueva diferenciación entre los que somos parte de un mismo cuerpo nacional, intolerable.

CATALUÑA:

Publicado para el personal de Cataluña el DECRETO LEY 3/2013, de 25 de junio, sobre el régimen de mejoras de la prestación económica de incapacidad temporal del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia en Cataluña

ACCEDE A LA PUBLICACIÓN.

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CGPJ

A punto de acabar el plazo máximo de 6 meses para regularlo,  se ha publicado en el BOE el Acuerdo de 12 de junio de 2013, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la Instrucción 1/2013 sobre retribuciones en supuestos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros de la Carrera Judicial.

ACCEDE AL ACUERDO PARA MAGISTRADOS

Ahora falta de publicar el del resto de funcionarios titulares, esperemos que las condiciones sean homogéneas.

NOVEDAD:

En el BOE de hoy día 28 de se ha publicado la regulación para Fiscales, que recoge las mismos casos que para Magistrados.

ACCEDE A LA DISPOSICIÓN PARA FISCALES

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